Decreto Nº. 7.347/2021

D. Nº. 7.347/2021

 

VISTO: El Asunto número 92 de fecha 05 de mayo de 2020: “I. de S. P/Of. 224/20, remite expediente Nº 7181/2019 caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto otorgar escritura padrón 24.351 Sra. Liliana Castell y otro”.

RESULTANDO: I) Que con fecha 20 de diciembre de 1978 se suscribió un convenio entre Banco Hipotecario del Uruguay y la Intendencia de Salto, con el objeto de construir viviendas en la ciudad de Salto.

II) Que respecto de las viviendas construidas en el marco de este Convenio, se suscribió Compromiso de Compraventa y solicitud de préstamo entre la Intendencia de Salto, representada por el Banco Hipotecario del Uruguay y diferentes promitentes compradores.

III) Que con fecha 15 de febrero de 2017, la Agencia Nacional de Vivienda informó que la Unidad 164, Programa 476, cuyos titulares se dirán no registra saldo, por lo que ha sido cancelado el precio de venta.

IV) Que se está en condiciones de firmar documentación definitiva a favor de los promitentes compradores.

CONSIDERANDO: I)Que se cuenta con la documentación correspondiente al programa 476 de Barrio Nuevo Uruguay (compromiso de compraventa y constancia de cancelación).

II) Que existe obligación por parte de la Comuna de otorgar las escrituras a quienes integren el precio estipulado, por lo que deberá otorgarse la anuencia de la Junta Departamental.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Salto para enajenar por título compraventa y modo tradición, previo pago de lo adeudado por concepto del impuesto de contribución inmobiliaria, multas y recargos adeudados, a favor de los promitentes compradores de viviendas ubicadas en Barrio Nuevo Uruguay, programa 476, identificada en la forma que se dirá, según plano de deslinde, mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Manuel José Galisteo, de julio de 1980, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el Nº. 5.910, el 24 de julio de 1980.

Fracción              Padrón                  Titular

164                       24.351    Liliana Judith Castell Trinidad

                                           José Fernando Silva Fagúndez

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sra. Carolina Palacios

Presidenta       

Sr. Álvaro da Cunda Leal

    Secretario General 

 

Salto, 4 de noviembre  de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 29 en 29  Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.346/2021

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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